Con el objetivo de informar acabadamente acerca de la pensión alimentaría de adultos mayores que será implementada desde el próximo mes, y de evitar que los interesados sean engañados por oportunistas y dirigencias sociales que actúan de mala fe, el Ministerio de Hacienda aclara:
1 La pensión es solo para los pobres.
La pensión alimentaría aprobada por la Ley N° 3.738/2009 es exclusivamente para los adultos mayores de 65 años de edad en situación de pobreza, que no reciben otras pensiones, jubilaciones o ingresos monetarios. Por tanto, no todas las personas con más de 65 años tienen derecho ni están calificadas para recibir este subsidio del Estado. La condición de pobreza se establece de acuerdo con criterios y metodologías probados y utilizados en otros países de América Latina.
2 La aplicación será gradual.
Es materialmente imposible, y financieramente insostenible, pagar la pensión alimentaría a todos los adultos mayores en situación de pobreza de una sola vez. La confección de la lista de beneficiarios es un trabajo riguroso de selección que combina las técnicas estadísticas con la participación ciudadana para garantizar que el subsidio sea administrado con objetividad, transparencia y equidad. Este año la pensión alimentaría será pagada a los primeros 5.000 beneficiarios, el año que viene se incluirá a otros 20.000 e igual o mayor cantidad en los años posteriores.
3 La pensión se pagará en todo el país.
El programa piloto se viene realizando en los Bañados de Asunción, pero el pago de la pensión de adultos mayores se realizará desde el inicio en todos los departamentos del país.
4 No hay inscripción para recibir el beneficio.
El proceso de identificación y calificación de beneficiarios de la pensión alimentaría de adultos mayores se realiza sobre la base de información del último censo y no requiere la intervención de los mismos para presentar sus documentos de identidad y otros.
5 El Ministerio de Hacienda es la única institución que tiene competencia en la implementación de la Ley de Adultos Mayores.
El Ministerio de Hacienda tiene a su cargo administrar la pensión alimentaría de adultos mayores, a través de su Dirección de Pensiones No Contributivas. Ninguna otra oficina gubernamental o no está facultada a dar orientaciones o evacuar consultas sobre la implementación de este subsidio.
Con los resultados de la primera etapa de implementación (Agosto – Diciembre 2010), el Ministerio de Hacienda perfeccionará cada vez más la metodología y los procedimientos de aplicación de la Ley de Adultos Mayores


